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LA IMPORTANCIA DE TU DOMICILIO CONTRACTUAL

¿Sabías que:
si fijas tu domicilio en un contrato, cualquier cambio de domicilio que tengas a futuro, debes comunicarlo a tu otra parte contractual de la forma estipulada en dicho contrato.
¿Sabías que si no haces eso, así hayas cambiado tu domicilio en tu DNI, en tu RUC, en tu página web, en alguna entidad administrativa, etc, se seguirá teniendo como válida cualquier notificación que te envíe la otra parte contractual al domicilio fijado en el contrato (incluso para efectos judiciales relacionados a dicho contrato)? (Base legal artículo 40ª del Código Civil)

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